1/8/07

El Supremo ratifica que la bandera española debe ondear en los edificios autonómicos


  • Deberá estar colocada permanentemente tanto en el interior como en el exterior
<span class=Regina Otaola, alcaldesa de la localidad guipuzcoana de Lizartza coloca la bandera española en el Salón de Plenos de Ayuntamiento. (Foto: Iñaki Andrés)" title="Regina Otaola, alcaldesa de la localidad guipuzcoana de Lizartza coloca la bandera española en el Salón de Plenos de Ayuntamiento. (Foto: Iñaki Andrés)

MADRID.- El Tribunal Supremo afirma que la bandera nacional debe ondear de forma permanente en los edificios autonómicos, en una sentencia en la que desestima el recurso de casación interpuesto por el Gobierno vasco.

El Ejecutivo vasco había recurrido la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) sobre cumplimiento de la obligación de colocar la bandera de España.

En la sentencia del Supremo se recuerda que la Administración general del Estado promovió un recurso contencioso administrativo en 2002 ante el TSJPV, en el que era parte demandada el Gobierno Vasco, sobre el cumplimiento de la obligación de colocar la bandera de España.

El TSJPV falló, en octubre de 2003, que estimaba el recurso de la Administración del Estado contra la desestimación presunta del requerimiento formulado a la Academia de Policía del País Vasco para cumplir con la obligación de colocar la bandera.

Recordaba la obligación de hacer ondear, "con carácter permanente", la bandera española, bien en solitario o conjuntamente con la autonómica, "ocupando lugar preferente en el interior y exterior" de edificios, como el de la Academia Superior de Policía.

El Gobierno vasco decidió impugnar en recurso de casación al Supremo la sentencia del TSJPV y alegó que la presencia de la bandera española no se había pedido "en más de veinte años".

Para el Tribunal Supremo, esta alegación "resulta irrelevante", porque el cumplimiento de la ley no depende de que no se haya reclamado con anterioridad y recuerda que la Constitución prevé que las banderas autonómicas "no podrán" ser utilizadas sin que a su lado ondee la española.

En cuanto a lo que señalaba el Gobierno vasco de ser extemporánea la iniciativa, al haber pasado 20 años, lo que pudiera provocar "cierta inseguridad jurídica", el Tribunal entiende que esa realidad "en modo alguno puede considerarse como consolidada".

Precisa que de aceptar los planteamientos del Gobierno vasco, se rompería el principio de legalidad y reitera que la no aplicación de la norma sobre las banderas "no la lleva a su desuso".

Al declarar que no ha lugar el recurso de casación, el Supremo condena al Gobierno vasco al pago de las costas, 2.000 euros para el letrado.

FUENTE EL MUNDO.ES

Pues era una vergüenza que todavía a estas alturas de nuestra democracia algunos se permitieran el lujo de hacer lo que les venia en gana.

Somos un país donde los haya, de chiste es que a cualquiera le cuentas lo que pasa en el nuestro y se parte de la risa.Los nacionalistas tienen la obligacion de acatar la constitución como todo hijo de vecino que hoy es la bandera y mañana es la familia real...

El mal entendido estado autonómico no esta funcionando correctamente, lejos de enriquecer al país muy al contrario nos esta empobreciendo.Las autonomías se crearon para dar voz a una concepción particular de cada región, no para dividir España en trocitos, creando desigualdades entre ciudadanos y animando al nacionalismo periférico mas radical.


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