20/5/09

EL AHORCADO:



La teoría: La presunción de inocencia es una garantía consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en tratados internacionales sobre derechos humanos como, por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica.

Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en un juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias a su defensa.

Artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

Garantías judiciales [...] Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad [...]

Artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos

El onus probandi (carga de la prueba) expresión latina del principio jurídico que señala quién está obligado a probar un determinado hecho ante los tribunales.

In dubio pro reo es una locución latina, que expresa el principio jurídico de que en caso de duda, por ejemplo, por insuficiencia probatoria, se favorecerá al imputado o acusado (reo). Es uno de los pilares del Derecho penal, que va íntimamente ligado al principio de legalidad, y podría traducirse como "ante la duda, a favor del reo".

Su aplicación práctica está basada en el principio de que toda persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad. En caso de que el juez no esté seguro de ésta, y así lo argumente en la sentencia, deberá entonces dictar un fallo absolutorio. (Fuente Wikipedia)

La realidad:

Parece que todo esto se queda en nada, cuando la persona imputada es un político y los acusadores se apoyan en los medios de comunicación afines a la causa. Yo no se si el presidente de la Comunidad Valenciana es culpable o no, eso la justicia es quien tiene que aclararlo, ahora si se que hasta ahora no había podido defenderse como es debido. No es el primer caso de un político del PP al que se le somete a un juicio publico sin derecho a una defensa en los mismos medios, casos como el de los espías de Madrid o recientemente los delitos que se le imputan (periodísticamente) a Trillo por su papel en la mala gestión para identificar a los militares muertos en Turquía. El señor Camps debe presentar todas las pruebas pertinentes que el tribunal le demande y asegurar así su inocencia, en caso contrarió debería asumir sus responsabilidades penales y judiciales. Y eso es lo que tendría que suceder en un país coherente, ya esta bien de lanzar rumores y titulares mal intencionados para socavar el prestigio de las personas. En el caso del Yak 42 el ex ministro lo ha dicho por activa y por pasiva, que no tubo nada que ver en la mala identificación, si la justicia cree tener pruebas que digan lo contrarió, lo lógico es imputarle y abrirle una causa judicial, como se ha hecho con los militares.

Vivimos con una inseguridad jurídica tremenda, cualquiera puede poner en juicio tu dignidad u honorabilidad sin tener miedo a las consecuencias, la justicia funciona de pena y para cuando salga la resolución, tu prestigio habrá sido tirado por los suelos. No se cumplen la mayoría de “derechos” que promulga la constitución, la realidad es que tener de amigos a los patrones de los medios de comunicación es la mejor manera de permanecer limpio y sin mancha, otra cosa bien distinta es si encima perteneces a un partido político que discrepe de sus ideas (yo no milito en ningún partido), por eso creo que la mayoría de los ciudadanos anónimos tratamos de no tener problemas y evitar a toda costa eso que llaman justicia, una pantomima de la que yo no me fió...

Pedrulo Maturulo.



2 comentarios:

Persio dijo...

Bien visto. Ahora resulta que uno debe guardar las facturas de los trajes durante tres años para demostrar que efectivamente pagó... ¡Tendrá el otro que demostrar que hubo regalos!

Pedrulo Maturulo dijo...

Ya sabes, se arroja mierda y lo que quede...
Saludos, se te echaba en falta.